incoterms

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martes, 17 de marzo de 2015

Categorización de los incoterms



Los incoterms se agrupan en cuatro categorías: E, F, C, D.
  • Término en E: EXW
El vendedor pone las mercancías a disposición del comprador en los propios locales del vendedor; esto es, una entrega directa a la salida.
  • Términos en F: FCA, FAS y FOB
Al vendedor se le encarga que entregue la mercancía a un medio de transporte elegido por el comprador; esto es, una entrega indirecta sin pago del transporte principal.
  • Términos en C: CFR, CIF, CPT y CIP
El vendedor contrata el transporte, pero sin asumir el riesgo de pérdida o daño de la mercancía o de costes adicionales por los hechos acaecidos después de la carga y despacho; esto es, una entrega indirecta con pago del transporte principal.
  • Términos en D: DAT, DAP y DDP
El vendedor soporta todos los gastos y riesgos necesarios para llevar la mercancía al país de destino; esto es una entrega directa a la llegada. Los costes y los riesgos se transmiten en el mismo punto, como los términos en E y los términos en F.
Los términos en D no se proponen cuando el pago de la transacción se realiza a través de un crédito documentario, básicamente porque las entidades financieras no lo aceptan.
DAP es un Incoterm polivalente "flexible" y se puede usar en cualquier medio de transporte y en la combinación de todos ellos.

Definiciones de los términos


Grupo E – Entrega directa a la salida

EXW

Ex Works (named place) → ‘en fábrica (lugar convenido)’.
El vendedor pone la mercancía a disposición del comprador en sus propias instalaciones: fábrica, almacén, etc. Todos los gastos a partir de ese momento son por cuenta del comprador.
El incoterm EXW se puede utilizar con cualquier tipo de transporte o con una combinación de ellos (conocido como transporte multimodal). Es decir el proveedor se encarga de la logística y el traslado necesario para que el comprador tenga el suministro del producto en el mismo lugar donde desempeña la tarea productiva. Este Incoterm no sufrió modificación en relación a los Incoterms año 2000.

Grupo F – Entrega indirecta, sin pago del transporte principal

FAS[editar]

Free Alongside Ship (named loading port) → ‘Libre al costado del buque (puerto de carga convenido)’.
-El vendedor entrega la mercancía en el muelle pactado del puerto de carga convenido; esto es, al lado del barco. El incoterm FAS es propio de mercancías de carga a granel o de carga voluminosa porque se depositan en terminales del puerto especializadas, que están situadas en el muelle.
El vendedor es responsable de las gestiones y costes de la aduana de exportación (en las versiones anteriores a Incoterms 2000, el comprador organizaba el despacho aduanero de exportación).

FOB[editar]

Free On Board (named loading port) → ‘Libre a bordo (puerto de carga convenido)’
El vendedor entrega la mercancía sobre el buque. El comprador se hace cargo de designar y reservar el transporte principal (buque)
El incoterm FOB es uno de los más usados en el comercio internacional. Se debe utilizar para carga general (bidones, bobinas, contenedores, etc.) de mercancías, no utilizable para granel.
El incoterm FOB se utiliza exclusivamente para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.

FCA[editar]

Free Carrier (named place) → ‘Libre transportista (lugar convenido)’.
El vendedor se compromete a entregar la mercancía en un punto acordado dentro del país de origen, que pueden ser los locales de un transitario, una estación ferroviaria... (este lugar convenido para entregar la mercancía suele estar relacionado con los espacios del transportista). Se hace cargo de los costes hasta que la mercancía está situada en ese punto convenido.
El incoterm FCA se puede utilizar con cualquier tipo de transporte: transporte aéreo, ferroviario, por carretera y en contenedores/transporte multimodal. Sin embargo, es un incoterm poco usado.6

Grupo C – Entrega indirecta, con pago del transporte principal[editar]

CFR[editar]

Cost and Freight (named destination port) → ‘coste y flete (puerto de destino convenido)’.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen. Se debe utilizar para carga general, que no se transporta en contenedores; tampoco es apropiado para los graneles.
El incoterm CFR sólo se utiliza para transporte en barco, ya sea marítimo o fluvial.

CIF[editar]

Cost, Insurance and Freight (named destination port) → ‘coste, seguro y flete (puerto de destino convenido)’.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al puerto de destino. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.
Como en el incoterm anterior, CFR, el riesgo se transfiere al comprador en el momento que la mercancía se encuentra cargada en el buque, en el país de origen. El incoterm CIF es uno de los más usados en el comercio internacional porque las condiciones de un precio CIF son las que marcan el valor en aduana de un producto que se importa.7 Se debe utilizar para carga general o convencional.
El incoterm CIF es exclusivo del medio marítimo.

CPT[editar]

Carriage Paid To (named place of destination) → ‘transporte pagado hasta (lugar de destino convenido)’.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluido el transporte principal, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. Sin embargo, el riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen.
El incoterm CPT se puede utilizar con cualquier modo de transporte incluido el transporte multimodal (combinación de diferentes tipos de transporte para llegar a destino).

CIP[editar]

Carriage and Insurance Paid (To) (named place of destination) → ‘transporte y seguro pagados hasta (lugar de destino convenido)’.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro, hasta que la mercancía llegue al punto convenido en el país de destino. El riesgo se transfiere al comprador en el momento de la entrega de la mercancía al transportista dentro del país de origen. Aunque el seguro lo ha contratado el vendedor, el beneficiario del seguro es el comprador.
El incoterm CIP se puede utilizar con cualquier modo de transporte o con una combinación de ellos (transporte multimodal)

Grupo D – Entrega directa en la llegada[editar]

DAT[editar]

Delivered At Terminal (named port): ‘entregado en terminal (puerto de destino convenido)’.
El incoterm DAT se utiliza para todos los tipos de transporte. Es uno de los dos nuevos Incoterms 2010 con DAP y reemplaza el incoterm DEQ.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio), hasta que la mercancía es descargada en la terminal convenida. También asume los riesgos hasta ese momento.
El concepto terminal es bastante amplio e incluye terminales terrestres y marítimas, puertos, aeropuertos, zonas francas, etc.): por ello es importante que se especifique claramente el lugar de entrega de la mercancía y que este lugar coincida con el que se especifique en el contrato de transporte.8
El Incoterm DAT se utilizaba frecuentemente en el comercio internacional de graneles porque el punto de entrega coincide con las terminales de graneles de los puertos (en las versiones anteriores a Incoterms 2000, con el Incoterm DEQ, el pago de la aduana de importación era a cargo del vendedor; en la versión actual, es por cuenta del comprador).

DAP[editar]

Delivered At Place (named destination place) → ‘entregado en un punto (lugar de destino convenido)’.
El Incoterm DAP se utiliza para todos los tipos de transporte. Es uno de los dos nuevos Incoterms 2010 con DAT. Reemplaza los Incoterms DAF, DDU y DES.
El vendedor se hace cargo de todos los costes, incluidos el transporte principal y el seguro (que no es obligatorio) pero no de los costes asociados a la importación, hasta que la mercancía se ponga a disposición del comprador en un vehículo listo para ser descargado. También asume los riesgos hasta ese momento.

DDP[editar]

Delivered Duty Paid (named destination place): ‘entregado con derechos pagados (lugar de destino convenido)’.
El vendedor paga todos los gastos hasta dejar la mercancía en el punto convenido en el país de destino. El comprador no realiza ningún tipo de trámite. Los gastos de aduana de importación son asumidos por el vendedor. El tipo de transporte es polivalente/multimodal

La importancia de los Términos de Comercio Internacional – INCOTERMS

Los Términos de Comercio Internacional conocidos como INCOTERMS son revisados cada 10 años por la Cámara de Comercio Internacional, su última revisión corresponde al año 2010 y la siguiente será en el año 2020. Sus reglas son aplicadas mundialmente y se encuentran íntimamente ligadas a las responsabilidades de quienes intervienen en las actividades de comercio internacional, particularmente en lo relacionado con el lugar de entrega de las mercancías.
A pesar de esa focalización tan particular, tienen tres ámbitos de acción ampliamente reconocidos, que son:
1. Comercial, ya que los términos son utilizados en infinidad de contratos comerciales y su utilización deriva de la determinación de responsabilidades para ambas partes, vendedor y comprador.
2. Logística, partiendo del hecho que las mercancías siempre tienen un lugar de entrega y la aplicación de los términos coadyuva en la correcta determinación de los costos logísticos correspondientes.
3. Jurídica, para dirimir apropiadamente las potenciales diferencias objeto del comercio, en virtud que pueden ocurrir situaciones que se encuentren fuera de las condiciones pactadas en los contratos.
Cuando la Cámara de Comercio Internacional convocó a la reunión para determinar los potenciales cambios que serían registrados en los INCOTERMS 2000, y se crearon los 2010, existen ciertos vacíos para la correcta de las reglas, debido principalmente a los criterios y ámbito de acción de los actores involucrados. Es precisamente para llenar ese vacío que surgió la idea de redactar una Guía que de manera rápida ayudara a empresarios importadores, exportadores, funcionarios de instituciones gubernamentales, institutos especializados y universidades; en el estudio y análisis objetivo de estas regulaciones desde una perspectiva más regional.
Cabe resaltar el hecho que las reglas dictadas y objeto de este artículo, estarán vigentes hasta el año 2020, que poseen una trascendencia que va más allá de la que tradicionalmente se le otorga por parte de los actores involucrados y que puede perfectamente convertirse en pesadilla, cuando no se utilizan en forma apropiada, derivado de los costos implícitos y que en algunos casos las compañías de seguro no están dispuestas a honrar, debido a que se ha modificado en forma inconsulta el tipo de riesgo que fue pactado en las cláusulas de la póliza de cobertura del seguro.
Invito a la comunidad inmersa en las actividades del comercio internacional a informarse apropiadamente previo a tomar decisiones, puesto que los cambios impulsados por la Cámara de Comercio Internacional para este decenio, tienen ahora una vinculación muy estrecha con la mayoría de actores y por lo tanto su cumplimiento es cada vez más importante, para entrar en las Mejores Prácticas del Comercio.
Como Consultor Asociado del Grupo PRAXIS, me honro en presentar la Guía para la correcta aplicación de los INCOTERMS 2010, como una contribución formal a nuestra comunidad practicante del comercio internacional, bajo la premisa que analizar los distintos escenarios posibles, permite prever potenciales daños, costos e inclusive pérdidas irreparables.